Empleo recuerda que a los trabajadores en ERTE se les tramita de oficio la prestación de desempleo

24/03/20


Sede del Servicio Cántabro de Empleo (Foto: Oficina de Comunicación)

La Consejería de Empleo y Políticas Sociales ha recordado en un comunicado, que aquellos trabajadores que estén afectados por un ERTE causado por la alerta sanitaria del coronavirus, no tienen que solicitar cita previa con el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), ya que la gestión de su prestación se tramitará de oficio entre la empresa y este organismo.

Según ha indicado el director del Servicio Cántabro de Empleo, José Manuel Callejo "para afrontar esta situación de crisis se han adoptado una serie de medidas que buscan flexibilizar los procedimientos" y garantizar la atención a todas las personas que puntualmente se queden en desempleo.

Así, además de simplificar la tramitación de los ERTES, el Servicio Cántabro de Empleo está renovando ("sellando") automáticamente las demandas de empleo, hasta nuevo aviso.

Así mismo, el SEPE ha comunicado que no se tendrán en cuenta los plazos establecidos para solicitar las prestaciones, "de forma que no perjudique ningún derecho, adoptando las medidas de flexibilización oportunas".

Como consecuencia del estado de alarma, no está permitido el acceso del público a las Oficinas de Empleo y Prestaciones dependientes del Servicio Cántabro de Empleo (EMCAN) y del SEPE y todas las citas previas, así como todas las sesiones informativas grupales, todos los grupos de orientación y todos los procesos de selección han quedado cancelados.

Las oficinas de Empleo y de prestaciones permanecen cerradas al público mientras dure la crisis sanitaria provocada por el virus COVID-19 y se atienden de forma telemática todas las consultas.

Cómo se tramitan prestaciones en el caso de personas afectadas por un ERTE

Según ha explicado José Manuel Callejo, es la empresa quien directamente comunica al SEPE la solicitud de prestación de forma colectiva en nombre de todos los trabajadores. El SEPE procederá a tramitar la aprobación de la prestación y, al mismo tiempo, comunicará al EMCAN los datos para la inscripción de los trabajadores como demandantes de empleo, que no tendrán que solicitar este trámite; en el caso de que sea necesario, serán el SEPE y el EMCAN quienes se pongan en contacto con las personas afectadas por ERTE.

Para facilitar la tramitación a las empresas, el SEPE ha creado un formulario con instrucciones que contiene la solicitud, la declaración responsable y la relación de trabajadores, con datos básicos para el reconocimiento de la prestación. De esta manera se garantiza la normalización de los datos para ayudar en la automatización posterior de los reconocimientos.

Fijos-discontinuos

En el caso en que se produzca la interrupción de actividad con un ERTE, será de aplicación todo lo dispuesto para el resto de trabajadores.

Cuando se interrumpa la actividad, pero la empresa no solicite un ERTE, los trabajadores tendrán que presentar una solicitud individual que se tramitará según las normas generales y, como al resto de los trabadores afectados, no contabilizará a efectos de consumo de desempleo. Así, en el caso de que estuvieran cobrando alguna prestación y no sean llamados para iniciar la actividad, continuarán cobrando sus prestaciones.

Personas que están cobrando el subsidio

Como norma general, desde el SEPE también se recuerda que no se tiene que solicitar la prórroga del subsidio y el pago se mantendrá transcurridos los seis meses y que no se va a interrumpir el pago de los subsidios por desempleo por la falta de presentación de la Declaración Anual de Rentas (DAR) en el caso de personas beneficiarias del subsidio para trabajadores mayores de 52 años.

Resto de trabajadores (no afectados por ERTE)

Para aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo no motivada por un ERTE, deben solicitar cita previa telemáticamente para ser atendido por el SEPE desde la página web de este organismo: http://www.sepe.es/HomeSepe. No tienen que solicitar la inscripción como demandante de empleo ante el EMCAN; el SEPE comunicará los datos de las personas solicitantes para que desde el Servicio Cántabro de Empleo se tramite su inscripción de oficio.

El Servicio Cántabro de Empleo continúa trabajando a través de la Oficina electrónica, https://aplicacionesweb.cantabria.es/swsce/login/inicioLoginUsuarios un servicio al que se puede acceder con una clave que se puede solicitar a través de correo electrónico.

En la página web del Servicio Cántabro de Empleo https://www.empleacantabria.es/, recuerda la nota, está toda la información, sobre servicios, trámites e instrucciones, incluyendo el listado de los correos electrónicos de todas las oficinas de empleo de Cantabria.