El Ayuntamiento reclamará los daños derivados de la anulación del PGOU por la deficiente evaluación ambiental del bitrasvase

12/10/17


La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Santander ha acordado presentar una reclamación patrimonial por los daños derivados de la anulación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de 2012 a causa de la deficiente evaluación ambiental del bitrasvase del Ebro.

Siguiendo las recomendaciones de los servicios jurídicos municipales, la reclamación se dirigirá a la Comunidad Autónoma de Cantabria, a la Administración General del Estado y a la Confederación Hidrográfica del Cantábrico (CHC), al entender que en ellas recae la responsabilidad por los perjuicios ocasionados a la ciudad.

Los servicios municipales cifran en 3.084.604 euros el daño causado por la anulación del Plan General por una causa “externa y sobrevenida”, que obliga a iniciar de nuevo un proceso de revisión en el que se invirtieron ocho años de trabajo.

Con la decisión adoptada este martes por la Junta de Gobierno, se encomienda a los servicios jurídicos presentar las correspondientes reclamaciones ante cada una de las administraciones y organismos afectados, a los que ya se comunicó con anterioridad, en el mes de julio, cuáles podrían ser los efectos de la anulación del PGOU.

Según señala el informe emitido por los servicios jurídicos municipales, la elaboración del documento urbanístico fue un proceso que requirió más de ocho años de trabajo en los que el texto tuvo que ir adaptándose a diferentes leyes sectoriales que vieron la luz durante ese tiempo.

Además, el Plan General fue objeto de un amplio proceso participativo que incluyó cuatro periodos de exposición pública en diferentes fases de la tramitación en las que se recogieron las aportaciones de numerosos colectivos, entidades y ciudadanos.

Con la anulación del PGOU, todo ese trabajo de elaboración del plan y el coste que supuso para las arcas municipales “devinieron inútiles”, ya que “la redacción y tramitación de un nuevo plan deberá partir de cero”, tal como sostienen los servicios jurídicos municipales.

En su informe, explican que esto supone un daño “real” y “efectivo” para la ciudad que deriva de los “vicios intrínsecos” del proyecto del bitrasvase, que llevaron a su anulación por sentencia firme del Tribunal Supremo el 18 de diciembre de 2013.

“Si se hubiese motivado convenientemente la evaluación de impacto ambiental del bitrasvase, éste no se habría anulado. Y de no haberse anulado dicho proyecto de obra, el PGOU tampoco habría sido declarado nulo”, sostiene el informe.

Por ello, los servicios jurídicos municipales consideran que la responsabilidad patrimonial recae, en primer lugar, en la Administración regional, que fue quien actuó como autoridad ambiental en el procedimiento.

Además, recuerdan que la comunidad autónoma es también quien ejerce la supervisión en la aprobación de los planes generales de ordenación urbana y, a lo largo de la tramitación del PGOU de Santander, emitió cuatro informes avalando la garantía del abastecimiento a través del bitrasvase.

El informe alude, asimismo, a la responsabilidad de la Administración General del Estado, como autoridad sustantiva en el procedimiento de aprobación del proyecto del bitrasvase y al ser inicialmente competente sobre los espacios protegidos objeto de evaluación ambiental.

Y apunta, en tercer lugar, a la responsabilidad patrimonial de la CHC, por los informes previos y vinculantes que emitió certificando la suficiencia de recursos hídricos para Santander, sin que se comunicara con posterioridad contingencia alguna al respecto.




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