Gómez del Río califica la regulación de la cobertura social de la ELA en Cantabria como la 'más garantista' y subraya su adaptación a la realidad de los enfermos y sus familias

El Consejo General del ICASS ha sido informado sobre las modificaciones de las ordenes que regulan las ayudas a los enfermos de ELA, al objeto de adecuar la normativa autonómica al grado III plus establecido en el Real Decreto que desarrolla la Ley de la ELA. Tal y como ha asegurado la consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, Begoña Gómez, la regulación de esta enfermedad en Cantabria se convierte, así, en “la más garantista y mejor adaptada a la realidad de las personas con ELA y sus familias”.
En concreto, se ha hecho preciso adaptar varias disposiciones que regulan el Servicio de Atención Domiciliaria, con el fin de incluir las prestaciones correspondientes a los enfermos afectados por esta patología, así como la reducción de los plazos en los procedimientos para su concesión y para el reconocimiento del grado de discapacidad.
Mediante esta modificación se hace efectiva la entrada en vigor de las ordenes por las que se elimina el copago en las ayudas de la Ley ELA y se garantiza que la cuantía final dependa de las necesidades reales de atención y no de la renta ni del copago. Gracias a esta adecuación, la normativa autonómica se adapta a los cambios establecidos a nivel estatal al objeto de “dotar a esta respuesta con la máxima seguridad jurídica y dar respuesta con el mayor alcance posible"
La consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, Begoña Gómez del Río, ha presidido este encuentro en el que ha reiterado que en Cantabria “no hay copago ni aportación económica en estas ayudas que han comenzado a pagarse este mes de julio".
"Lejos de optar por una regulación mínima, el Gobierno de Cantabria ha querido construir un marco más completo, más garantista y mejor adaptado a la realidad de las personas con ELA y sus familias" como ejemplo del “firme compromiso” del Gobierno de Cantabria con los enfermos y sus familias.
A nivel económico, ha indicado que la prestación para las personas con grado III+ pueden situarse entre 3.200 y 9.859 euros mensuales, en función de la intensidad de los apoyos que se necesiten, especialmente en atención domiciliaria o asistencia personal, "siendo reseñable que nadie va a tener que adelantar dinero".
Entre las medidas figura que se puede acceder a ayuda a domicilio, asistencia personal o a una prestación combinada que permita utilizar ambos servicios según las necesidades del paciente.
Además, en Cantabria, estas prestaciones son compatibles con los cuidados en el entorno familiar (PECEF), de manera que no se obligue a las familias a renunciar a apoyos esenciales.
También son compatibles con teleasistencia y con el Servicio de Promoción de la Autonomía Personal (SEPAP). En el caso de la ELA, el SEPAP incluye fisioterapia neurológica y/o respiratoria, logopedia, especialmente útil para mantener función, autonomía y calidad de vida.
Por otro lado, la prestación no se suspenderá en caso de ingreso hospitalario o residencial, garantizando continuidad del apoyo también en esos momentos. Facilitando, así, una flexibilidad real para las familias.
De esta forma, Cantabria introduce un sistema de gestión más flexible, con una justificación trimestral de las prestaciones; adaptación a las circunstancias familiares y a la disponibilidad de profesionales; y posibilidad de organizar los cuidados sin rigideces diarias o semanales que muchas veces dificultan el acceso real a la ayuda.
Además del apoyo asistencial, Cantabria refuerza el apoyo económico por vía fiscal. En el caso de la ELA se podrá deducir el 50% de los gastos relacionados con diagnóstico y tratamiento, con un límite anual de 2.000 euros y sin límite de renta.
Otros asuntos del orden del día
La reunión ha servido, además, para informar sobre la modificación de la Ley de Derechos y Servicios Sociales por la que compatibilizar la Renta Social Básica con la percepción de ingresos de naturaleza laboral con el fin de lograr la inserción laboral de los perceptores, pasando así, de ser una prestación que garantiza unos ingresos mínimos a promover la inclusión activa.
Según ha asegurado la titular de Servicios Sociales, las políticas públicas de inclusión ya no pueden limitarse exclusivamente a la transferencia de recursos, “la inclusión efectiva exige reforzar las capacidades personales, facilitar el acceso al empleo y eliminar aquellos obstáculos que dificultan los procesos de incorporación al mercado laboral”. En este contexto se enmarca esta reforma que compatibiliza la prestación y los ingresos procedentes de trabajo, incorporando incentivos que favorezcan la transición hacia el empleo y la autonomía.
Para ello durante los seis primeros meses, desde la resolución que reconozca la compatibilidad, únicamente se computará el 25% de los ingresos procedentes de la actividad laboral a efectos del cálculo de la prestación. Si la actividad laboral se mantiene, durante otros seis meses el porcentaje de cómputo ascenderá al 50%, permitiendo una transición progresiva, desde la protección económica a la autonomía derivada del empleo.
Para Gómez del Río esta evolución refleja la adaptación del sistema de servicios sociales de Cantabria a “los nuevos desafíos de las políticas de inclusión” y refuerza la capacidad para acompañar a las personas “no sólo en la protección frente a la vulnerabilidad, sino también en la construcción de itinerarios de integración y desarrollo personal”.
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