Conferencia de D. Juan Calahorra en la peña taurina Félix Rodríguez

27/06/25


La Peña Taurina Félix Rodríguez ha programado para este segundo trimestre de 2025 tres conferencias, la última de las cuales ha sido impartida este viernes, día 27 de junio, por D. Juan Bautista Calahorra de la Cruz sobre el tema Reglamento y Presidencia. Las dos anteriores fueron dictadas por D. Juan Azcuénaga Vierna sobre El devenir del Club Taurino Félix Rodríguez y sobre su continuadora, la Peña Taurina Félix Rodríguez, respectivamente.

El Sr. Calahorra ha ejercido durante años la presidencia en las corridas celebradas en la Plaza de Toros de Santander, por lo que tiene sobrada experiencia en su ejercicio y conocimiento profundo del Reglamento aplicable. En la actualidad está vigente, a nivel nacional, el Reglamento de Espectáculos Taurinos, Real Decreto 145/1996, de 2 de febrero, que desarrollaba la ley 10/1991, de 4 de abril, con las modificaciones introducidas por el Real Decreto 1.034/2001, de 21 de septiembre; a nivel de Cantabria se rige por el Decreto 65/2004, de 8 de julio, cuyo Reglamento regula la celebración en Cantabria de espectáculos taurinos populares, y sus modificaciones según Decretos 63/2009, de 13 de agosto y 96/2022, de 14 de octubre.

Comentó los primeros reglamentos de plaza, surgidos con alcance local para regular los diversos aspectos de la fiesta. Presentó los tratados pioneros sobre el toreo, recordando la Tauromaquia o arte de torear, de José Delgado, «Pepe Hillo», editado en Cádiz, en 1796; y la obra del chiclanero Francisco Montes, «Paquiro», publicada en Madrid, en 1836, con el título Tauromaquia completa ó sea El arte de torear en plaza, tanto a pie como a caballo. Del primero consideró que el autor pretendía educar al público; del segundo señaló su intención de regular las corridas, evitando abusos. Indicó la importancia de los actores, los toros que han de destacar por su casta y bravura.

Como ya hemos indicado, los preceptos legales vigentes son la citada Ley 10/1991, de 4 de abril y el Reglamento de Espectáculos Taurinos, mencionado, promulgado por Real Decreto 145/1966, de 2 de febrero, que establecen las funciones de la presidencia en una corrida de toros, considerando que le otorga la dirección del espectáculo y sus funciones, así como las materias que debe conocer y procurar su cumplimiento y respeto. Analizó asimismo los derechos y obligaciones de los espectadores.

Pasó a interpretar los criterios presidenciales, que deben resolver las dudas o problemas suscitados durante la lidia y no específicamente recogidos en la normativa legal, deteniéndose en la devolución de reses durante la lidia. Analizó la problemática que se suscita durante los tres tercios. En el tercio de varas reseñó la distancia de las rayas y su significado, la posición de los caballos, los modelos y evolución de las puyas; planteó las exigencias del segundo tercio, el de banderillas, con las tres pasadas en las que han de clavarse, al menos, dos pares. Explicó las banderillas negras, que han sustituido a las banderillas de fuego. Evocó el límite de diez minutos de duración del tercer y último tercio, indicando el valor de la suerte de muleta a efecto de los premios. Marcó los tiempos máximos para producir los avisos y sus efectos. Destacó la relevancia para la concesión de premios que tiene la actuación con la espada, subrayando la posición del torero y la colocación de la estocada.

Resaltó la importancia de los premios para recompensar la actuación de los intervinientes en el espectáculo, que pueden ser: ovación y vuelta al ruedo, una oreja (a petición del público), dos orejas (exigencias para su concesión) y el rabo, que debe ser otorgado excepcionalmente. Se detuvo en la consideración del indulto, que es un mérito de la res que ha tenido una actuación sobresaliente, mostrando un trapío y una casta extraordinaria y que exige la petición y conformidad del matador y del ganadero.

Finalizó presentando unas frases del periodista Gregorio Corrochano, junto con un Resumen de las funciones, capacidades y obligaciones del presidente y la problemática de los correturnos de toros y toreros.

Durante la disertación fue interrumpido solicitándole aclaración sobre algunos de los puntos tratados y a la terminación, en un breve coloquio, se le preguntó nuevamente por el tema de hasta cuándo puede efectuarse la devolución del toro.

El conferenciante fue ampliamente aplaudido por el público asistente, recibiendo un obsequio de D. Juan Manuel Diego Cagigal, presidente de la Peña organizadora del acto. Añadimos que estas charlas que promueve la Peña Taurina Félix Rodríguez son de asistencia libre, no sólo para los socios, con la limitación del aforo del local.

Juan Azcuénaga Vierna




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