La Consejería de Presidencia destina 300.000 euros a los ayuntamientos para adquirir desfibriladores, hidrantes y otros materiales de protección civil, emergencias y policía local
La Consejería de Presidencia, Justicia, Seguridad Ciudadana y Simplificación Administrativa publicó ayer en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) la orden y el extracto correspondiente de las ayudas para desfibriladores, hidrantes y otro material para uso en funciones de protección civil y emergencias y policía local para 2025. Las ayudas tienen un importe de 300.000 euros, de los cuales 230.000 son para gastos de protección civil y 70.000 para servicios policiales.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir de hoy, 23 de abril.
Estas ayudas se suman a las también publicadas ayer por la Consejería de Presidencia para la adquisición de vehículos de protección civil y policía local, para lo cual se han destinado 200.000 euros. En total suman medio millón de euros que la consejera de Presidencia, Isabel Urrutia, considera necesario para potenciar todos los aspectos que tengan que ver con la seguridad de los ciudadanos de los municipios, especialmente los que cuentan con menos población y menos recursos.
Los gastos subvencionables de las ayudas a desfibriladores, hidratantes y otros materiales se refieren, con respecto a la policía local, a la adquisición de material y equipamiento que cumpla con las características establecidas en la legislación, como armamento y defensa reglamentarios, medios de inspección y control, medios de señalización, medios de transmisión y comunicación, medios informáticos, medios de auxilio, medios de autoprotección, así como cualquier otro de análoga naturaleza que tenga relación directa con el objeto de la subvención.
Con respecto a la adquisición de material y equipamiento para el uso en funciones de protección civil y emergencias, será subvencionable todo aquel medio material y técnico que sea para el mejor cumplimiento de las funciones relacionadas con la protección civil y las emergencias, tales como material de señalización, megáfonos, equipos electrógenos, material para achique de agua en inundaciones, motobombas, equipos de intervención rápida en incendios ('prontosocorros') desprovistos de remolque, vallas, material de comunicación y cualquier otro de análoga naturaleza que tenga relación directa con el objeto de la subvención.
También se contempla la adquisición de desfibriladores para uso en funciones del ámbito de protección civil y emergencias y la adquisición e instalación de hidrantes en el término municipal.
Queda excluida de las ayudas de esta orden la adquisición de vestuario, elementos de identificación profesional, emblemas y divisas y los vehículos y remolques y sólo serán subvencionables aquellos gastos en medios materiales y técnicos que no constituyan un gasto corriente en bienes o servicios.
Las subvenciones se conceden por el procedimiento de concurrencia competitiva y los criterios de valoración para las ayudas de material y equipamiento para protección civil y emergencias, desfibriladores e hidratantes tienen en cuenta la población del municipio (con mayor puntuación a los de menos de 20.000 habitantes) y el número de voluntarios en el municipio.
Con respecto a la adquisición de material para la policía local, también será el número de habitantes del municipio y el número de agentes en servicio del municipio.
Según especifica la orden, estas ayudas son compatibles con cualquier otra para la misma finalidad.
El enlace para consultar la orden de estas ayudas en el BOC es la siguiente:
https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=418973

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